ESO (Enseñanza Secundaria Obligatoria)

La Educación Básica tiene carácter obligatorio y gratuito. Comprende diez años de escolaridad que se desarrollan ordinariamente entre los seis y los dieciséis años de edad, dividido en dos etapas educativas: los seis primeros años, organizados en tres ciclos de dos cursos, constituyen la Educación Primaria; los cuatro años siguientes forman la Educación Secundaria Obligatoria.

La Educación Secundaria Obligatoria se organiza en cursos y materias, con la necesaria interdisciplinaridad y coordinación, y en ella se prestará especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado. El cuarto curso tendrá carácter orientador, tanto para los estudios postobligatorios como para la incorporación a la vida laboral.

Finalidades de la Educación Básica.

La Educación Básica es la etapa común y obligatoria de la educación para toda la vida cuyas finalidades, para alcanzar el pleno desarrollo de la personalidad humana, consisten en:


  • Preparar a los alumnos y alumnas para que se incorporen a la vida adulta y sean capaces de vivir una vida plena como sujetos individuales, como ciudadanos miembros activos de la sociedad y como personas comprometidas con la conservación de la naturaleza y el desarrollo sostenible.
  • Lograr que los alumnos y alumnas adquieran los elementos básicos de la cultura vasca y universal, y prepararlos para su incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral con las debidas garantías.
  • Sensibilizar y capacitar a los alumnos y alumnas para que sean capaces de desarrollar un aprendizaje permanente a lo largo de toda la vida.

 

BACHILLERATO

Los estudios de Bachillerato se sitúan entre la Enseñanza Básica de carácter obligatorio y la Enseñanza Superior.
El Bachillerato, al que se accede a partir de la ESO, tiene una duración de dos cursos académicos, se estructura en tres modalidades, con tres grupos de materias: un grupo de materias comunes, obligatorias para todos; un grupo de materias específicas de cada una de las modalidades; por último un grupo de materias optativas entre las que los alumnos pueden optar mucho más libremente. En régimen ordinario, el alumnado podrá perma­necer cursando el Bachillerato durante cuatro años, consecutivos o no.

Acceso:

  1. Podrán acceder a los estudios de Bachillerato quienes estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
  2. Quienes estén en posesión de los títulos de Téc­nico a los que se refieren los artículos 44.1 y 65.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, tendrán acceso directo a todas las modalidades del Ba­chillerato.
  3. Quienes estén en posesión del título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño tendrán acceso al Bachillera­to en los términos previstos en el artículo 53.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Estructura:

Las modalidades del Bachillerato serán las si­guientes:

  • Artes.
  • Ciencias y Tecnología.
  • Humanidades y Ciencias Sociales.

El Departamento de Educación, Universida­des e Investigación establecerá las condiciones en las que un alumno o alumna que haya cursado el primer curso de Bachillerato en una determinada modalidad pueda pasar al segundo en una modalidad distinta.